Estudio de la Contraloría refleja que población indígena del país solo recibe 2,25% de los recursos asignados para subsidios de vivienda
septiembre 3, 2024
Redacción Portada
Un estudio realizado por la Contraloría General de la República arrojó que la población indígena del país, que representa el 4.4% del total nacional, en el periodo 2014-2022 solo recibió el 2.25% de los recursos asignados por los Ministerios de Vivienda y de Agricultura para la política de subsidios de vivienda urbana y rural.
Tras visitar 429 viviendas otorgadas por el Gobierno Nacional a las comunidades indígenas de los pueblos Pastos, Wayúu, Kamentsa, Nasa, Tikuna, y Zenú, la Contraloría General de la República ha identificó una significativa debilidad en la política pública dirigida a garantizar el derecho a una vivienda digna para la población indígena.
Un dato revelador es que de las viviendas subsidiadas en el periodo evaluado y que hicieron parte de las visitas realizadas por la Contraloría, el 62% están terminadas, el 24% no han sido construidas ni entregadas, y el 14% están inconclusas o sin terminar. De acuerdo con la encuesta de percepción realizada a los beneficiarios de los subsidios, el 80% de ellos consideró que las viviendas subsidiadas no fueron construidas teniendo en cuenta su cultura y costumbres.
Tan solo 150 de las 429 viviendas visitadas, tenían acceso a los tres servicios públicos básicos (Acueducto, alcantarillado y energía eléctrica).
El estudio también determinó que solo el 2.25% de los recursos disponibles para subsidios de vivienda (18.45 billones de pesos constantes de diciembre de 2022) se han asignado a hogares indígenas, una cifra insuficiente para proteger los derechos fundamentales de los pueblos indígenas colombianos en términos de vivienda.
La Contraloría General de la hizo un llamado al Gobierno Nacional para que se implemente de inmediato la metodología para el cálculo del déficit habitacional de la población indígena, insumo básico para el diseño de la Política.
Así mismo recomienda, que la asignación de recursos para subsidios en población indígena sea más equitativa y proporcional al total de su población en el país, teniendo en cuenta su condición de sujeto de especial protección constitucional.