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Política

El ‘pecado’ de Monsalvo Gnecco: la Corte lo condena

julio 16, 2020

Luis Alberto Monsalvo Gnecco recibió sentido de fallo condenatorio en su contra por la Corte Suprema de Justicia.


Redacción Portada


Este jueves 16 de julio, la Sala Especial de Juzgamiento de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia reveló que Luis Alberto Monsalvo Gnecco, actual gobernador del Cesar, es responsable por el delito de corrupción al sufragante, como acusó la Fiscalía General de la Nación.

El ente acusador, sumado a la Procuraduría General de la Nación, solicitó que Monsalvo Gnecco debe separarse de su cargo y condenársele a una pena privativa de la libertad superior a seis años, adicional a una sanción disciplinaria.

El lunes 27 de julio, después de las ocho de la mañana, en una nueva audiencia, pero esta vez de lectura de fallo, se establecerá por el máximo tribunal de justicia cuál será la sentencia en contra de Luis Alberto, es decir, cuánto es el monto de la sanción penal en su contra.

Pero, el gobernador anticipó cuál será su ‘jugada jurídica’ posterior a conocerse el fallo de primera instancia: apelará. El mandatario emitió un comunicado a la opinión pública en el que se declara “inocente” y pronuncia que “agotaré todas las instancias nacionales e internacionales para poder continuar mi lucha política por las personas más necesitadas y desprotegidas de mi departamento”.

El proceso ante el espejo

Luego de ser representante a la Cámara por el Cesar (Partido Liberal: 2002-2006), el economista Luis Alberto Monsalvo Gnecco aspiró a la Gobernación del Cesar en 2011, para ocupar el máximo cargo administrativo en el periodo 2012-2015.

En esa campaña, Monsalvo Gnecco suscribió, bajo sello notarial, un compromiso con los habitantes de Tierra Prometida, un sector de invasión a un predio privado en Valledupar. El acuerdo consistía en que él, al momento de gobernar, los dejaría “quieta y pasivamente” en ese lugar, obviando el principio constitucional de proteger la propiedad privada.

A cambio de esa decisión de Luis Alberto, los invasores votarían por quienes le ofrecería la tranquilidad. La Fiscalía cuenta que fueron 800 familias ‘conquistadas’, cada una con por lo menos dos adultos aptos para votar.

Pero, la acción penal se activó en contra de Monsalvo Gnecco desde los propietarios del bien inmueble afectado, lo que llevó a que la Fiscalía delegada ante la Corte a señalar al gobernador por dos delitos, quedando ‘vivo’ solo el de corrupción al sufragante, dado que el cargo de invasión de tierras no se imputó porque se perdió la carpeta del expediente, como confirmó la misma Fiscalía. “Esto, en un contexto mucho más complejo y amplio que es el aprovechamiento político de ciudadanos vulnerables y de hacer política por cuenta de predios ajenos, manera muy cómoda de obtener votos. Pero lo relevante en este juicio, sostuvo la Fiscalía, es que en este evento hubo una dádiva concreta, en atención a que se ofreció a unos votantes determinados, quienes después reclamaron su cumplimiento. Esa conducta merece el reproche penal por el ilícito previsto en el Artículo 390 del Código Sustantivo”, consignó la Corte en su sentido de fallo de primera instancia, bajo el radicado 49761.

El ‘pecado’ y la gracia

Luis Alberto Monsalvo Gnecco obtuvo en octubre 30 de 2011, bajo el aval del Partido de La U, un total de 172.064 votos, superando por 46.201 sufragios a su rival más inmediato Arturo Rafael Calderón Rivadeneira (hoy su jefe de gabinete en el segundo mandato de Monsalvo Gnecco). La gracia de la campaña fue conseguida.

Sin embargo, a la luz de la justicia colombiana el entonces candidato cometió un pecado. “Para el 16 de octubre de 2011, estaba en curso acciones legales ante las autoridades locales, ejercidas oportunamente por el dueño del inmueble en contra de los invasores, por tal razón, era imposible para el acusado comprometerse con la comunidad de tierra prometida a mantenerlos quieta y pasivamente en los terrenos invadidos, pues no dependía de su voluntad omnímoda tal decisión, sino que se trataba de asunto que se estaba dirimiendo administrativamente a través de un proceso policivo, del cual solo faltaba la diligencia de desalojo, tal como lo adujo Fredys Miguel Socarrás Reales, exalcalde de Valledupar 2012-2015”, dice la Corte en su decisión.

Ese no fue el único argumento, la Corte Suprema de Justicia enfatizó que “pese a que los firmantes del documento eran desplazados por la violencia, prevalecía el derecho a la propiedad privada, ya que el de la vivienda digna correspondía garantizarlo al Estado a través de la confluencia de acciones desplegadas por los entes locales y nacionales, sin que corriera a cargo obviamente de los particulares, máxime cuando los despachos judiciales que fallaron la acción de tutela a favor de una de las comunidades invasoras, revisada por la Corte Constitucional en T-946-2011, habían ordenado la reubicación de la población en otro lugar y dada la colisión de derechos –de propiedad y vivienda digna-, sin que ello implicara el despojo del dueño del lote de sus prerrogativas, amparo dado en atención a que las autoridades accionadas, alcaldía y gobernación, habían incumplido su obligación de proteger a la población desplazada”.

De considerar la Corte Suprema de Justicia que Luis Alberto Monsalvo Gnecco debe separarse de su segundo mandato (2020-2023) ello implicaría un nuevo llamado a las urnas para los habitantes del Cesar, sin embargo se debe definir de fondo en una segunda instancia.  

Esta es Tierra Prometida, la invasión que hoy tiene en jaque al gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco.

FRASE DEL DÍA

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