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Tránsito no podrá imponer multas automáticas por falta de SOAT y tecnomecánica

septiembre 20, 2025


Periodista


El Consejo de Estado profirió un fallo que modifica la manera en que las autoridades de tránsito podrán aplicar sanciones relacionadas con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) y la revisión técnico-mecánica.

La corporación anuló las circulares del Ministerio de Transporte que le daban esas competencias a los agentes y a la Policía de Tránsito, aun cuando los vehículos no estuvieran en circulación. Para estas multas automáticas no era necesario constatar si el objeto de la supuesta infracción había sido sorprendido en una vía sin la documentación necesaria para su circulación.

A partir de ahora, para imponer una multa por falta de SOAT o revisión técnico-mecánica será indispensable contar con evidencias de que el vehículo estaba en movimiento. Entre estas pruebas se incluyen registros tecnológicos que certifiquen su circulación al momento de la infracción.

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